El Partido Socialista debe transformar un evento que por su naturaleza es interno y propio de la orgánica partidaria, en un acontecimiento lo más abierto a la sociedad y ciudadanía posible, donde la participación de organizaciones, líderes de opinión, intelectuales y ciudadanos(as) - más allá de nuestra presencia en el mundo social - permita enriquecer el conocimiento y la propuesta partidaria.
La participación de organizaciones y ciudadanos (as) adquiere importancia en el Congreso Comunal y de Agrupación de Comunas, particularmente en las instancias de debate previas a la etapa resolutiva, en las que debemos recoger opinión y planteamiento sobre demandas y tareas sociales localmente sentidas. El espacio y la cotidianidad local constituye una fuente y referencia de conocimiento y de propuestas para la elaboración de políticas, que necesitamos recoger con sistematicidad y rigor.
El Congreso debe dar cuenta de la necesidad de debatir, en el marco de la unidad y la fraternidad partidaria, asuntos que marcan urgentemente la coyuntura, con el fin de construir una opinión política sólida, autocrítica y unitaria, sobre el balance de los gobiernos de la Concertación; la derrota electoral; el tipo de oposición; la alianza político social y el partido que requerimos para las tareas futuras. Constituyen temas sobre los que necesitamos tener, sin necesidad de respuestas categóricas y únicas, claridad para ganar credibilidad y recobrar la confianza ciudadana.
A su vez, el Congreso debe abarcar asuntos de mediano plazo e iniciar el trabajo de reflexión y ajuste de materias político-ideológicas del Partido. En este sentido, el tipo de partido y el programa socialista para a la nueva etapa política y la lucha por reconquistar mayoría social y política y el gobierno, son aspectos situados en el un horizonte más cercano. Iniciar la discusión de materias doctrinales, tales como el proyecto socialista, la aspiración socialista y declaración de principios, se inscribe en el cuadro de una dimensión de más largo plazo.
En consecuencia, un Congreso temáticamente concentrado en la discusión del proyecto socialista (la sociedad que queremos construir en las dos próximas décadas) y, desde ese horizonte político abordar la discusión programática de mediano plazo y el análisis de la coyuntura política.
Congreso que transmita futuro, optimismo real y no artificial, irradie a la sociedad la realidad de los socialistas discutiendo su desempeño político, reconociendo los éxitos alcanzados y los errores cometidos, entregando un camino democrático de lucha por más igualdad, para ser mayoría, para ser gobierno.
III. TEMARIO DEL CONGRESO
El Congreso contempla tres temas globales.
Primer Tema: El Partido Socialista, la transformación de la sociedad chilena y el desafío de la nueva etapa política.
a) El Partido Socialista y los Gobiernos de la Concertación: Balance de las transformaciones, avances, éxitos, silencios y omisiones verificados en las dos últimas décadas.
b) Caracterización socio-económica y cultural del país: procesos y actores sociales.
c) La derrota electoral de enero 2010: Revisión de las causas que condujeron a la derrota.
d) Balance del partido y su política.
e) La Coalición político social para la mayoría: Tipo y dimensión político social de la Coalición opositora.
f) Tipo de oposición al gobierno de la derecha: Caracterización del gobierno de derecha y la definición de carácter, contenido y proyección de la oposición.
Segundo Tema: El Partido Socialista y el Programa Socialista para la nueva etapa.
a) La Propuesta Programática Socialista para la nueva mayoría político-social: Elementos centrales de la propuesta y las proposiciones sectoriales y temáticas.
b) El Partido Socialista para el triunfo de una nueva mayoría político-social: Tipo de partido, requerimientos y correcciones.
Tercer Tema: Las señas de identidad del socialismo contemporáneo.
a) Debate sobre la Declaración de Principios.
b) Los socialistas y las luchas por la libertad y la igualdad a nivel mundial.
IV. ETAPAS DEL CONGRESO
El Congreso se desarrollará de acuerdo a las siguientes etapas.
a) Ampliado Regional: Elección de la Comisión Organizadora Regional de Congreso e
información y comunicación de sus actividades.
b) Consejo Comunal/Agrupación de Comunas: Elección de la Comisión Organizadora Comunal de Congreso, TRICEL comunal y discusión Primer Tema congresal.
c) Encuentro Ciudadano: Encuentro con la ciudadanía comunal (dirigentes sociales y/o políticos, líderes de opinión y representantes de instituciones), de carácter amplio y abierto a las diversas expresiones sociales, políticas y culturales de la comuna.
d) Congreso Comunal; Debate, Resolución y Elección de Delegados: Acreditación participantes, informe Encuentro Ciudadano y Primer Tema congresal, Debate y Resolución Segundo y Tercer tema congresal, y elección de delegados.
e) Congreso Regional: Informe Resoluciones Congresos Comunales/Agrupación de Comunas, Encuentros Ciudadanos y Debate y elección del Tribunal regional.
f) Congreso General Ordinario: Resolución de los asuntos contenidos en su Convocatoria.
V. METODOLOGÍA DEL CONGRESO
El Congreso es un proceso de debate que, de acuerdo a lo establecido en el respectivo reglamento, se inicia desde el nivel local y confluye hacia el nivel regional y nacional. Adoptará una metodología que contempla los siguientes criterios:
a) El Congreso se desarrollará considerando la más amplia participación partidaria y el mayor grado posible de participación social y ciudadana en las instancias congresales que sea pertinente, enfatizando los debates -internos y abiertos a la ciudadanía- en los territorios locales.
b) El Congreso considerará central el desarrollo de sus actividades con claro propósito unitario y fraterno, incluyendo el debate de todos los asuntos partidarios.
c) El Congreso se realizará considerando como un componente obligado la propuesta a la materia debatida, integrando la crítica y la autocrítica.
d) El Congreso se desarrollará asegurando la coherencia y la consistencia de los temas y subtemas, debate y resolución de ellos, en todas las etapas congresales, de manera tal que el Congreso Comunal/Agrupación de Comunas, Regional y General consista en un cuerpo común de debate y resolución, considerando lar particularidades regionales.
e) El Congreso asegurará documentos base para los temas y subtemas que orienten la discusión y faciliten la presentación de ponencias, votos y aportará pautas metodológicas para orientar y facilitar los debates locales, regionales, nacionales.
f) El Congreso asegurará el derecho de todo socialista a incorporar materias partidarias que eventualmente no contemple el temario entregado, siempre que estas propuestas hayan sido debatidas y cuenten con acuerdos de instancias partidarias o sociales colectivas.
g) El Congreso realizará un mínimo un evento (coloquio o seminario o taller o conferencia u otro), uniendo los tres temas congresales, en etapa Comunal/Agrupación de Comunas y Regional.
Para todos los aspectos mencionados se trabajó en coordinación con equipos de compañeros(as) del Instituto Igualdad.
V.1. METODOLOGÍA CONSEJO REGIONAL
Es la primera actividad, aproximadamente de tres horas de duración, en que se busca hacer visible el congreso del partido como un hecho público que convoque y motive a las y los militantes a participar activamente. A la vez, dar señales a la sociedad de la intención del partido de repensar su rol y propiciar aquellos cambios internos que aporten a la transformación social. Se propone dar inicio formal al evento congresal con un Consejo Regional Ampliado que convoque a la directiva regional, los y las representantes del Comité Central por la región, autoridades locales, parlamentarios/as, consejeros/as regionales, autoridades de los comunales, representantes de la mesa nacional y de la comisión organizadora del congreso.
Programa:
- Desafíos políticos nacionales que enmarcan el congreso (representante de la Mesa Nacional.
- Desafíos políticos regionales (Presidente(a) Regional)
- Temas y Organización del Congreso (representante de Comisión Organizadora).
Ø Temario, Metodología y Etapas del proceso congresal.
Ø Materiales disponibles
Ø Preguntas y respuestas
- Definición de Cronograma regional para las diferentes etapas.
El Consejo debiera concluirá con una conferencia de prensa, u otras acciones comunicacionales, donde se visibilice el llamado a la ciudadanía y a las y los militantes a participar en este proceso y la vigencia del partido como instrumento de cambio social. Sus principales contenidos comunicacionales son:
· Inicio de autocrítica en cada región y comuna del país
· Vigencia del Partido socialista como instrumento de cambio social (miles de militantes dispuestos a volver a trabajar con renovada energía por una mayor justicia social y valores del socialismo
· Inicio de escucha a la ciudadanía (En cada comuna se realizarán debates ciudadanos para dialogar con la ciudadanía)
· Llamado a la ciudadanía a expresarnos sus críticas y esperanzas. Llamado a sindicatos, juntas de vecinos, centros de estudiantes y otras organizaciones sociales en particular.
· Llamado a los militantes a incorporarse activamente a este proceso de reflexión y puesta al día.
V.2. METODOLOGÍA DEL CONGRESO COMUNAL
Esta actividad, de 3 - 4 horas de duración, tiene como propósito realizar el balance sobre los 20 años de gobierno (primer Tema de Congreso), constituir la Comisión Organizadora y TRICEL comunal. Debe motivar a una participación abierta, que sea franca al mismo tiempo que respetuosa y fraterna. El balance debe ser una reflexión compartida de lo realizado desde el gobierno y la sociedad civil, buscando equilibrar los éxitos con los errores o debilidades. Destacar la importancia de la reflexión de hoy para estar en condiciones de cumplir los desafíos y objetivos que como Partido comprometeremos con el país, y realizar un Congreso que no quiere ser un congreso más sino “realizar un viraje a un nuevo paradigma que revitalice la política y nuestro partido, el papel ciudadano y la sociedad organizada”.
Es necesario tener en cuenta que lo hacemos en condiciones de haber perdido el gobierno, y por tanto en el análisis de lo ocurrido deberemos ser capaces de tener apertura y sinceridad para exponer lo que estará marcado por sentimientos de frustración y rabia, respecto a errores y debilidades, sin que ello impida un análisis sereno que permita sentir lo valioso que hemos realizado y que nos enorgullece y reafirma como socialistas. Ni autocomplacientes ni autoflagelantes, sí reflexivos, con opiniones propias alejadas de consignas formales. Abiertos a escuchar y revisar las propias opiniones. En actitud cooperativa para el buen éxito del Congreso, más que competitiva y de lucimiento personal. No se trata, necesariamente de alcanzar acuerdos sino de acercar posiciones y destacar ideas priorizadas.
Programa:
· Acto solemne de inicio del congreso en la comuna.
· Reflexión y debate del primer punto del temario congresal: a través de un trabajo grupal (grupos de no más de 10 personas y con una pauta previamente definida).
· Plenaria en la que se debata acerca del balance de los veinte años, analizando avances y déficit y combinando lo nacional con el trabajo desarrollado a nivel comunal.
· Elección de Comisión Organizadora Comunal.
· Cierre a cargo de alguna autoridad regional o nacional del partido.
V.3. METODOLOGÍA ENCUENTRO CIUDADANO
Esta actividad de 2-3 horas de duración busca establecer canales de diálogo entre el Partido Socialista y los(as) representantes de las organizaciones sociales comunales, para recoger sus principales propuestas, representar sus intereses y orientar una agenda de trabajo común en cada comuna. Esta actividad requiere una convocatoria amplia a representantes de juntas de vecinos, grupos culturales, de mujeres, sindicales, gremiales, etc, que explicite que el partido los(as) invita a dialogar para conocer su opinión respecto al acontecer del país, de la comuna y su visión sobre el PS.
Será fundamental generar un ambiente de diálogo y de confianza para escuchar opiniones y propuestas, que confluyan en:
· construir un diagnóstico común, desde la visión de los participantes (identificación de problemas locales y nacionales)
· motivar la acción colectiva (definir principales acciones a desarrollar en conjunto). Estos elementos constituirán insumos para elaborar un plan de trabajo comunal concreto en futuras reuniones.
· si bien las organizaciones pueden tener intereses específicos de acuerdo al tema que abordan, esta reunión debería centrarse “en los temas comunes”, para construir una plataforma de acción colectiva.
Programa:
· Bienvenida a los(as) participantes y explicación del carácter de la reunión. Video motivador.
· Presentación de los participantes (con dinámica que “rompa el hielo”)
· Presentar las preguntas que orienten la discusión y conformar grupos de discusión (10 personas por grupo, con moderador(a))
1. En su opinión ¿Cuál es la situación de las organizaciones sociales en la comuna y en general de la asociatividad en Chile?; ¿Cómo puede aportar el PS a la conformación de nuevas organizaciones y al fortalecimiento de éstas?
2. ¿Cómo evalúa Ud. la relación entre el PS y las organizaciones sociales?, ¿Qué habría que hacer para mejorarla/fortalecerla?; ¿A qué grupos sociales cree usted representa actualmente el PS?; ¿cree Ud. que el PS representa las demandas de su organización?
3. ¿Cuáles son en su opinión los principales problemas que deberían abordar los dirigentes sociales y políticos en la comuna?; ¿Y en el país?
4. ¿Cuáles son las principales acciones que habría que desarrollar en su comuna para impulsar la organización y la participación social?
· Plenario y conclusiones (expone cada grupo, discusión colectiva).
· Cierre: agradecer participación, informar que las conclusiones del trabajo se llevarán por escrito al evento comunal de discusión que realizará el Partido y al cual serán invitados representantes de las organizaciones como delegados fraternales. Comprometer continuidad del trabajo conjunto entre el PS y las organizaciones.
· Número artístico local.
V.4. METODOLOGÍA DEBATE, RESOLUCIÓN Y ELECCIÓN DE DELEGADOS
Esta actividad de 6-8 horas de duración tiene como propósito facilitar la resolución congresal de propuestas programáticas que orienten el programa y el proyecto del partido (temas 2 y 3 del Congreso) y elegir los delegados(as) al congreso nacional. Convoca a todos los militantes y simpatizantes, así como a representantes de las organizaciones sociales (que hayan participado en los debates ciudadanos) y que asisten como delegados fraternales. Su organización estará a cargo de la Comisión organizadora del congreso comunal.
Programa:
· Apertura a cargo de la Comisión organizadora comunal: bienvenida, presentación de objetivos, metodología y programa de la actividad.
· Presentación de la síntesis de acuerdos/disensos del debate ciudadano realizado anteriormente en la comuna (con apoyo de material audiovisual)
· Conformación de grupos de trabajo (no más de 10 personas por grupos), que elegirán moderador(a) y secretario(a)
· Debate con apoyo de pauta de discusión sobre los temas 2 y 3 del temario.
· Plenaria con exposición de los grupos y síntesis de conclusiones en papelógrafo o similar
· Elección de delegados.
V.5. METODOLOGÍA CONGRESO REGIONAL
Esta actividad de 4 horas de duración tiene por propósito informar de las resoluciones emanadas de los Congresos Comunales/Agrupación de Comunas, de las conclusiones generadas en los Encuentros Ciudadanos y elegir el TRICEL regional. Participan con plenos derechos y sólo con derecho a voz los indicados en el artículo 35 del reglamento congresal.
Programa:
· Apertura a cargo de la Comisión Organizadora Regional, bienvenida, explicación de objetivos, metodología y programa de trabajo.
· Síntesis de las resoluciones emanadas en Congreso Comunales/Agrupación de Comunas y de las conclusiones generadas en los Encuentros Ciudadanos.
· Elección del TRICEL regional.
VI. ITINERARIO
- Lanzamiento convocatoria 6 noviembre 2010
- Envío documento “Sentido y tipo de Congreso” 2ª semana noviembre 2010
- Despacho reglamento 2ª semana noviembre 2010
- Constitución Comisiones regionales 15 noviembre al 15 diciembre 2010
- Envío Padrón 21 diciembre 2010
- Constitución Comisiones comunales y Tricel 03 enero al 20 enero 2011
- Cierre período recepción doctos. militantes o colectivos PS 15 enero 2011
- Congresos comunales y encuentros con la comunidad 21 enero al 30 marzo 2011
- Envío nómina a la CON de los delegados electos 1º abril al 10 abril 2011
- Envío Resoluciones comunales 1º abril al 10 abril 2011
- Calificación de delegados 11 abril al 30 abril 2011
- Eventos temáticos en: marzo – abril 2011
► SANTIAGO- VALPARAÍSO- LA SERENA- CONCEPCIÓN
- Preparación documentos Congreso 11 abril al 25 de abril 2011
- Celebración aniversario PS 19 abril 2011
- Preparación credenciales y tarjetas 20 abril al 30 abril 2011
- Congreso Nacional 6-7-8 mayo 2011
- Acto inauguración de Congreso General 6 mayo 2011
VII. REGLAMENTO DEL XXIX CONGRESO GENERAL ORDINARIO
EUGENIO GONZÁLEZ ROJAS
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1º El presente Reglamento ha sido dictado por la Comisión Organizadora Nacional (CON) del Congreso, de acuerdo a lo dispuesto en el estatuto del partido y luego de la convocatoria al XXIX Congreso General Ordinario del Partido Socialista de Chile, acordado por los plenos del Comité Central realizados el 23 de enero y 30 de marzo de 2010. Quedando éste para los días 06, 07 y 08 de mayo del 2011. El congreso llevará el nombre de Eugenio González Rojas.
Art. 2º Se celebrarán congresos en las instancias comunal, o por agrupación de comunas, regional, y nacional. En cada instancia, sin que implique limitación a los derechos del militante, se solicitará una contribución económica individual voluntaria.
Art. 3° Los procedimientos operativos del presente reglamento serán aplicados por las respectivas comisiones organizadoras, las cuales resolverán toda reclamación que se presente por escrito, de acuerdo a los mecanismos establecidos y en los plazos estipulados.
Art. 4º Las normas del presente reglamento son obligatorias para todos los y las participantes del Congreso en todos sus niveles.
Art. 5º La CON es la única autoridad competente para resolver todos los problemas relativos al Congreso General Ordinario. Su origen e integración fue resuelto en el pleno del Comité Central realizado el 30 de marzo de 2010.
Art. 6º El Congreso del Partido en el Exterior se realizará en las instancias y estructuras orgánicas existentes.
Art. 7° Tendrán validez, tanto respecto de sus resoluciones como de la elección de delegados, y delegadas los Congresos Comunales y/o de agrupación de Comunas en cuya fase resolutiva participe, a lo menos, el 10% del padrón, lo que se acreditará con la lista de participación firmada por los respectivos militantes, y la respectiva Acta.
Art. 8° Participarán en el Congreso Comunal, de Agrupación de Comunas o Regionales con derechos plenos sólo los y las militantes que se encuentren registrados en el respectivo padrón partidario que valide el Tribunal Supremo y que será entregado por la CON. El Padrón de militantes se cerrará el día 05 de noviembre del 2010, a las 24 horas.
Cualquier militante podrá presentar ante la Secretaría Nacional de Organización consultas atingentes al Padrón Oficial del Partido. Las reclamaciones al padrón deberá hacerse por escrito en las fechas que el cronograma anexo estipula, entregando antecedentes fundados que la ameriten, ante el Tribunal Supremo quien resolverá en única instancia en un plazo de 48 horas.
Art.9° Serán participantes plenos del Congreso, con derecho a voz y a voto y en particular con derecho a elegir y ser elegidos delegados, los militantes que figuren en el respectivo padrón oficial, conforme lo dispuesto en el Art. 44 del Estatuto Partidario. Y que participen efectivamente en la totalidad del evento respectivo. Del mismo modo los miembros del Comité Central y demás delegados estatutarios deberán acreditar su participación efectiva en el Congreso Comunal o agrupación de comunas que correspondan.
Art.10º En la composición de la Comisión Organizadora Comunal del Congreso o de Agrupación de Comunas (CON) o en la Comisión Organizadora Regional de Congreso (COR) y en el TRICEL, se aplicará la norma de integración de géneros establecida en el artículo 29 de este Reglamento. Asimismo, dentro de la nómina de 5 ó 7 integrantes, según corresponda, deberá considerarse la participación de un miembro de la Juventud Socialista.
TÍTULO II
DEL CONGRESO COMUNAL O DE AGRUPACIÓN DE COMUNAS
Art. 11 El Congreso Comunal o de Agrupación de Comunas será un proceso que tendrá, a lo menos, cuatro etapas mínimas y obligatorias, sin perjuicio de las reuniones que se estimen necesarias para el desarrollo del Congreso, y se realizará conforme al cronograma que se anexa a este reglamento.
a) El Consejo Comunal respectivo elegirá la COC, que actuará también como Mesa Directiva del Congreso, y el TRICEL.
b) La COC, de acuerdo al temario, contenidos y metodología establecida por la CON; realizará al menos un encuentro (jornada o seminario u otro) con la ciudadanía comunal (dirigentes sociales y/o políticos, líderes de opinión y representantes de instituciones), de carácter amplio y abierto a las diversas expresiones sociales, políticas y culturales de la comuna.
En dicho encuentro se recogerán opiniones, posiciones y documentos generados en esa instancia o elaborados al efecto, para ser llevados a la reunión de Congreso. Representante (s) de la ciudadanía comunal asistirán al Congreso Comunal, en calidad de delegados fraternales, situación que determinará la COC.
c) La realización de la etapa congresal de debate, resolución y elección de delegados considerará tres actividades:
a. Acreditación: consiste en la inscripción de los participantes en el Congreso Comunal con el objetivo de determinar aquellos que se entienden como participantes plenos del Congreso. Dicha actividad durará hasta una hora luego de iniciado el Congreso.
b. Debate y Resolución: refiere al trabajo de comisiones y de plenaria que se realiza inmediatamente posterior a la acreditación y deberá durar un mínimo de tres horas.
c. Elección de Delegados: consiste en el proceso de votación para la elección de representantes al Congreso General del Partido y que se realiza inmediatamente posterior al Debate y Resolución. Dicho proceso deberá durar como mínimo 1 hora.
La etapa congresal de debate, resolución y elección de delegados tendrá un rango horario máximo que va desde las 09.00 horas a las 20.00 horas.
d. Envío a la CON de Acta del Congreso respectivo, según formato entregado por ésta, con todos los antecedentes relacionados con la fecha, lugar y número de participantes en el Congreso Comunal, una breve descripción del Encuentro Ciudadano y las principales resoluciones del Ampliado de Debate, Resolución y Elección de Delegados, así como antecedentes respecto del número de participantes en este Ampliado y todos los datos personales de los delegados electos. Esta obligación de envío recaerá en la COC quien deberá cumplirla hasta las 72 horas posteriores a la realización del congreso respectivo.
Art. 12 Para iniciar el proceso congresal, se llevará a cabo Consejos Regionales entre 15 de noviembre y el 15 de diciembre de 2010, con el fin de elegir la COR respectiva, la que deberá asistir, apoyar y acompañar los procesos congresales a nivel comunal. Esta función estará en directa coordinación con la CON.
La Dirección Comunal del Partido convocará públicamente a todos los militantes del padrón descrito en el artículo 8º de este Reglamento, a un Consejo Comunal que se realizará entre el 03 de enero y 20 de enero de 2011. El Consejo elegirá, de entre los militantes del Comunal, a la COC y al TRICEL, y podrá designar comisiones que se aboquen al estudio del temario.
De no existir o estar inactiva la Dirección Comunal, convocará a este Consejo la COR respectiva.
En los casos que corresponda, de conformidad al artículo 24º de este Reglamento, la realización del Congreso de Agrupación de Comunas, la convocatoria al Consejo indicado en el inciso primero, corresponderá a la COR respectiva.
Art. 13 La COC estará integrada por cinco militantes que se encuentren registrados en el padrón respectivo y tengan una antigüedad partidaria no inferior a tres años. En el caso de comunas o agrupación de comunas con más de mil militantes, dicha Comisión estará integrada por siete personas.
Sus miembros serán elegidos por votación. El orden de ella determinará a los electos.
Art. 14 DE LA COC:
a) La COC, según corresponda, constituye la máxima autoridad en materia congresal dentro de su jurisdicción. A partir de su instalación, resolverá todos los asuntos relativos a la preparación del respectivo Congreso.
b) Le corresponderá planificar y organizar el Congreso Comunal o de Agrupación de comunas en todos sus aspectos, garantizando que los militantes tengan acceso a toda la información y documentación relativa al Congreso, particularmente a las ponencias que se le presenten directamente o que reciba de la CON.
c) Difundirá entre la militancia la convocatoria, el temario y el itinerario del Congreso.
d) Fijará el lugar y horas de funcionamiento de la etapa de encuentro ciudadano y de debate, resolución y elección de delegados (as) al Congreso General y los dará a conocer a todos los militantes, convocándolos incluso por los medios de comunicación masivos.
e) Actuará como Mesa Directiva del Congreso Comunal. En el cumplimiento de esta responsabilidad, instalará y presidirá la etapa resolutiva del Congreso Comunal, en la sede, fecha y hora fijadas. Informará del número de militantes de la comuna o agrupación de comunas.
f) Elaborará y entregará a la CON un acta de todo el proceso congresal, según lo indicado el articulo 11, letra d, del presente reglamento. Esta información se recepcionará hasta las 72 horas posteriores a la realización del respectivo Congreso, según formato entregado por la CON. En caso de incumplimiento de esta obligación en el plazo establecido, la CON determinará un nuevo plazo, el cual será informado a la COC respectiva, a fin de dar cumplimiento al proceso congresal.
g) Velará porque se cumplan las normas establecidas y resolverá -en un plazo de 48 horas-, si así ameritara, toda reclamación hecha por escrito hasta cinco días antes del respectivo Congreso. Las apelaciones a las resoluciones será responsabilidad de la CON.
Art. 15 Todo núcleo, comisión o grupo de trabajo, así como todo militante, individualmente o en conjunto con otros, podrá presentar ponencias y recomendaciones al Congreso Comunal o de Agrupación de Comunas a través de la respectiva Comisión.
Art. 16 El Congreso Comunal estará constituido por todos los militantes registrados en el padrón respectivo, descrito en el artículo 8° del presente Reglamento, que concurran a su sesión resolutiva, y tendrán derecho a voz y voto. Podrán, también, participar con derecho a voz los invitados que acuerde la Dirección Comunal correspondiente. En este último caso, las invitaciones se extenderán a través de la respectiva COC.
El Congreso de Agrupación de Comunas estará constituido por todos los militantes de las comunas incluidas en dicha agrupación, según las normas indicadas en inciso anterior.
Art. 17 El Congreso Comunal o de Agrupación de Comunas se ocupará de:
a) Analizar y resolver sobre las materias de la Convocatoria y el Temario del Congreso, considerando los documentos de discusión que se le hayan hecho llegar.
b) Elaborar propuestas, documentos, ponencias y los votos políticos que se presentarán al Congreso General.
c) Elegir a los delegados y delegadas al Congreso General, en conformidad con las normas establecidas en el presente Reglamento.
Art.18 Los acuerdos y resoluciones del Congreso Comunal o de Agrupación de Comunas se tomarán por simple mayoría de los participantes con derecho a voto.
TÍTULO III
DE LA ELECCIÓN DE DELEGADOS AL CONGRESO GENERAL
Art. 19 El proceso de elección de delegados(as) al Congreso General Ordinario empieza con la elección del TRICEL por el COC, según corresponda.
El TRICEL estará integrado par cinco militantes, que estén registrados en el respectivo padrón y tengan una antigüedad partidaria no inferior a dos años, los que serán elegidos por votación secreta.
En el caso de Comunas o Agrupaciones de Comunas con más de 1000 militantes, los integrantes del TRICEL serán siete.
Los miembros del TRICEL no podrán ser candidatos a delegados.
Art. 20 El TRICEL estará a cargo de la organización, supervisión y calificación de la elección de los delegados(as) al Congreso. Resolverá las reclamaciones que se presenten durante el proceso electoral.
Art. 21 Será responsabilidad del TRICEL:
a) Preparar el acto electoral, reuniendo con la debida antelación todo el material necesario para el funcionamiento de las mesas receptoras de sufragios. En particular, proveerá las condiciones para que el día de la elección se puedan imprimir y numerar las cédulas electorales en forma rápida.
b) Hacerse cargo, junto a la COC, del padrón partidario que enviará la CON.
c) Acreditar a los participantes del Congreso con derechos plenos, verificando con su carnet de identidad si se encuentran registrados en el respectivo padrón partidario. Junto con extender la correspondiente tarjeta de acreditación incorporará sus datos en la Planilla de Votantes.
d) Inscribir a los candidatos(as), que deberán presentar la documentación señalada en el artículo 27 de este Reglamento.
e) Imprimir y foliar los votos en una cantidad superior al número de participantes plenos registrados en la Planilla de Votantes que se ha confeccionado.
f) Supervisar el funcionamiento de las mesas receptoras de sufragios y calificar el proceso electoral. Fallar los reclamos. Proclamar a los electos.
g) Levantar un acta final del proceso electoral, entregarla a la COC respectiva, en un plazo no superior a tres días desde realizada la elección correspondiente, para que ésta la envíe a la CON y ésta al Tribunal Supremo.
Art. 22 Los delegados (as) al Congreso General Ordinario se elegirán en votación directa, secreta e informada una vez concluida la etapa de debate y resolución del Congreso, en el lugar en que se realice dicha actividad. El proceso electoral deberá extenderse por un período no inferior a dos horas.
Art. 23 El Congreso elegirá de entre sus participantes tres vocales por cada mesa receptora de sufragios que se constituya. En cada mesa receptora no podrán votar más de cien personas. El trabajo de los vocales terminará cuando hayan hecho entrega al TRICEL de las actas de escrutinio debidamente firmadas. Los vocales no podrán ser candidatos a delegados.
Art. 24 Los Delegados (as) se elegirán por Comunal o Agrupación de Comunas -según corresponda-, en proporción de uno por cada 250 militantes y fracción superior a 125.
En el artículo 37º de este Reglamento, se indica el número de delegados (as) que elegirá cada Comunal o Agrupación de Comunas.
Será válido aquel Congreso Comunal o de Agrupación de Comunas que registre la asistencia formal, para el ejercicio pleno de sus derechos, del 10% de los militantes que posea el Padrón Oficial respectivo.
En caso de que el Congreso no registre la asistencia del 10% requerida para elegir el número máximo de delegados que le corresponda, se deberá llevar a cabo el siguiente cálculo para elegir delegados:
Se dividirá el número correspondiente al 10% del Total de Padrón de Militantes del Comunal o de Agrupación de Comunas que corresponda, por el número total de delegados determinado por este Reglamento, según el artículo 37 de este reglamento. Por lo tanto, el cociente obtenido será el factor que define el tramo de elegibilidad de los delegados.
De esta manera, y a título de ejemplo:
Comuna | Total Padrón | Total No.de Delegados | 10 % Total Padrón | Factor | Elegibilidad | |
Tramo | Delegados | |||||
Curanilahue | 881 | 4 | 88 | 22 | 88 | 4 |
66 | 3 | |||||
44 | 2 | |||||
22 | 1 |
Para el caso de aquellos Comunales o Agrupaciones de Comunas que no logren establecer un tramo mínimo que le permita elegir un delegado, se deberá llevar a cabo una segunda convocatoria y de persistir la imposibilidad de elegir delegados, dicho Comunal o Agrupación de Comunas quedara sin representación para el Congreso.
Art. 25 Tendrán derecho a voto todos los participantes plenos del Congreso que presenten su cédula de identidad y su tarjeta de acreditación.
Para obtener la tarjeta de acreditación, deberán realizar el trámite de acreditación hasta la primera hora de realización de la jornada de debate y resolución del Congreso (es decir, si comienza a las 10.00 horas, debe acreditarse antes de las 11.00 horas; si comienza a las 15.00 horas debe acreditarse antes de las 16.00 horas), con su carnet de identidad.
Art. 26 Podrán ser candidatos (as) a delegados (as) los participantes plenos del Congreso.
La Comisión Organizadora y el TRICEL velará porque los candidatos hayan participado en la etapa de debate y resolución congresal.
No podrán ser candidatos a delegados (as) los vocales de mesa, los integrantes de COC, integrantes de TRICEL regional y comunal, del Tribunal Regional, del Tribunal Supremo, ni los miembros de la CON y la COR.
Art. 27 Los candidatos (as) se inscribirán ante el TRICEL correspondiente según programa de Congreso, presentando su tarjeta de acreditación y cédula de identidad. Inmediatamente después, el TRICEL realizará el sorteo del orden que los candidatos ocuparán en el listado único de votación.
Art. 28 Cada elector tendrá derecho a emitir una preferencia conforme al Art. 43 del estatuto. Resultarán electos los candidatos (as) que obtengan las primeras mayorías.
En caso de producirse un empate en el último lugar de los elegibles, habrá segunda vuelta entre los empatados. De persistir el empate, se dirimirá por sorteo.
Art. 29 Para cumplir con la norma estatutaria sobre integración de géneros, se aplicará la siguiente tabla:
Número de electos Integración de género Integración de Jóvenes
2 | 1-1 | 1 | 0.15 | 0 | |||
3 | 1-2 | 2 | 0.30 | 0 | |||
4 | 1-3 | 3 | 0.45 | 0 | |||
5 | 2-3 | 4 | 0.60 | 1 | |||
6 | 2-4 | 5 | 0.75 | 1 | |||
7 | 2-5 | 6 | 0.90 | 1 | |||
8 | 2-6 | 7 | 1.05 | 1 | |||
9 | 3-6 | 8 | 1.20 | 1 | |||
10 | 3-7 | 9 | 1.35 | 1 | |||
11 | 3-8 | 10 | 1.50 | 2 | |||
12 | 4-8 | 11 | 1.65 | 2 | |||
13 | 4-9 | 12 | 1.80 | 2 | |||
14 | 4-10 | 13 | 1.95 | 2 | |||
15 | 5-10 | 14 | 2.10 | 2 | |||
16 | 5-11 | 15 | 2.25 | 2 | |||
17 | 5-12 | 16 | 2.40 | 2 | |||
18 | 5-13 | 17 | 2.55 | 3 | |||
19 | 6-13 | 18 | 2.70 | 3 | |||
20 | 6-14 | 19 | 2.85 | 3 | |||
20 | 3.00 | 3 |
Art.30 Las reclamaciones del resultado de la elección se presentarán por escrito, dentro de las 24 horas de emitido el resultado, ante el TRICEL Comunal o de Agrupación de Comunas respectivo, el que deberá fallar en un plazo de 24 horas, notificando el fallo personalmente al reclamante y levantando acta de ello. Con tal propósito, el TRICEL fijará día, hora y lugar en que resolverá el asunto y notificará del fallo al reclamante, el cual deberá comparecer para ser notificado.
Art. 31 Del fallo del TRICEL Comunal o de Agrupación de Comunas se podrá presentar apelación, por escrito, en el plazo de 24 horas, contadas desde la notificación del fallo, ante la CON, dejando la respectiva constancia. La CON deberá resolver la apelación dentro de las 48 horas siguientes, notificando de inmediato al apelante.
Art. 32 Si no se presenta apelación al fallo del TRICEL Comunal o de Agrupación de Comunas, éste dará a conocer el nombre del delegado(a) electo, o de los delegados(as) electos según corresponda, informando por escrito a la CON dentro del plazo de 72 horas de calificada la elección. La CON hará entrega al Tribunal Suprema de estos fallos, a fin que éste califique a los delegados congresales electos.
El Tribunal Supremo proclamará a los delegados(as) electos y comunicará la lista definitiva a la CON.
TÍTULO IV
DE LOS CONGRESOS REGIONALES
Art. 33 Los Congresos Regionales se realizarán conforme al cronograma que se anexa a este reglamento.
Art. 34 Corresponde a los congresos regionales:
a) Analizar y resolver sobre las materias de la Convocatoria y Temario del Congreso, considerando los documentos de discusión que se les haya hecho llegar y considerando las resoluciones de los congresos comunales o de agrupación de comunas de su jurisdicción.
b) Elaborar propuestas, documentos, ponencias y votos que se presentarán en el Congreso General.
c) Elegir el Tribunal Regional de acuerdo al art. 61 del Estatuto.
d) Resolver sobre materias administrativas para el mejor funcionamiento de las diferentes instancias de su jurisdicción.
Art.35 Integrarán el Congreso regional con plenos derechos:
a) Delegados(as)
b) Presidente regional
c) Miembros del Comité Central por la Región
d) Presidente de la Juventud Socialista
e) Parlamentarios(as)
f) Alcaldes o Alcaldesas y Concejales y Concejalas.
g) Consejeros (as) Regional
h) Invitados (as)
Los descritos en las letras e, f, g, y h, sólo con derecho a voz.
Art.36 Las resoluciones del congreso Regional serán válidas con la asistencia de al menos el 50% de los delegados electos en los Congresos Comunales y/o de Agrupación de Comunas.
TÍTULO V
DEL NÚMERO DE DELEGADOS AL CONGRESO GENERAL ORDINARIO
Art. 37 El número de delegados (as) al Congreso General Ordinario será notificado a través de una Circular Informativa de la CON, una vez recepcionado el padrón oficial del partido, remitido por la Secretaría Nacional de Organización y validado por el Tribunal Supremo
TÍTULO VI
EL CONGRESO GENERAL ORDINARIO
Art. 38 El XXIX Congreso General Ordinario del Partido Socialista de Chile se realizará los días 06, 07 y 08 de mayo del 2011, en Santiago, Región Metropolitana, como lo acordó la CON en reunión ordinaria del día 19 de octubre de 2010.
Art. 39 El Congreso General Ordinario es el organismo máximo del Partido para resolver los asuntos contenidos en el temario de su convocatoria.
Art. 40 Constituyen el Congreso General Ordinario:
a) Los delegados(as) elegidos por comunas o agrupación de comunas, en elección calificada por el respectivo TRICEL, que hayan sido proclamados definitivos por el Tribunal Supremo.
b) Diez delegados de la Juventud Socialista, designados por su Comité Central, incluyendo a los cinco que forman parte del Comité Central del Partido.
c) Los delegados(as) elegidos por las instancias del Partido en el exterior.
d) Los miembros del Comité Central en ejercicio.
e) Los Presidentes Regionales
f) Los ex Presidentes del Partido, los parlamentarios, los integrantes de la CON y del Tribunal Supremo.
Tendrán derecho a voto los integrantes comprendidos en las letras a), b), c), d) y e). El resto de los participantes sólo tendrá derecho a voz.
Art. 41 Del total de invitaciones fraternales extendidas para asistir al Congreso General Ordinario, el 50 % será responsabilidad de la Mesa del Partido y el 50 % restante de la CON.
Art. 42 Le corresponde al Congreso General Ordinario discutir y pronunciarse acerca del temario de la convocatoria.
Art. 43 Cualquier militante o grupo de militantes, podrá presentar ponencias para las discusiones en los congresos comunales o de agrupación de comunas; Regional y en el Congreso General. Para ello, deberán ser entregadas a la CON a más tardar el día 15 de enero de 2011. La CON habilitará una plataforma informática en la que se encontrará la documentación congresal, opiniones, posiciones y documentos partidarios y ciudadanos.
Art. 44 Del funcionamiento del Congreso General Ordinario:
a ) Una vez instalado el Congreso General, la CON presidirá la sesión inaugural hasta que se elija a la Mesa Directiva del Congreso.
b) La CON abrirá el Congreso informando de su gestión preparatoria y del número de delegados(as) plenos, someterá al Congreso las propuestas de horario, agenda y demás disposiciones destinadas a reglamentar el desarrollo del evento; para luego dirigir la elección de la Mesa Directiva.
c) Elegida la Mesa Directiva del Congreso, la CON cesará en sus funciones, sin perjuicio de que continúe colaborando en el trabajo administrativo que asegure el buen funcionamiento del Congreso.
d) En la sesión plenaria inaugural se discutirá y aprobará el Reglamento del Congreso, se designarán las comisiones de trabajo, la comisión calificadora de poderes que rendirá su informe en la sesión plenaria siguiente; la comisión que tendrá a su cargo la revisión de eventuales solicitudes de reincorporación de personas que hayan renunciado o hayan sido expulsadas del Partido; y la comisión revisora de cuentas de la gestión financiera del partido. Una vez aprobado el Reglamento, sólo podrá ser modificado por los dos tercios de los delegados(as).
e) El debate del Congreso sobre el temario se realizará en las comisiones y subcomisiones de trabajo que éste acuerde, las que evacuarán sus informes, que expondrán en la sesión plenaria.
f) La sesión plenaria debatirá los informes de las comisiones, en el orden señalado por el Presidente de la Mesa Directiva.
g) El Presidente de la sesión plenaria deberá poner en votación las propuestas contenidas en los informes.
h) Los acuerdos y resoluciones del Congreso General se tomarán por la simple mayoría de un tercio de los delegados(as) plenos del Congreso.
i) Las reuniones tanto plenarias como de comisiones, deberán realizarse a las horas señaladas por la CON y ratificadas en la sesión constitutiva.
j) Para abrir la sesión plenaria bastará la asistencia de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso. De no haberla, después de un tiempo de espera no superior a 20 minutos, podrá abrirse con los delegados(as) presentes.
k) La Secretaría de Actas del Congreso llevará un control adecuado de la asistencia de los delegados(as) a las sesiones.
l) Los delegados(as) asistentes al Congreso General Ordinario contraen la obligación de rendir un informe personal y escrito de las reuniones a que asistan y de sus deliberaciones, ante los Comunales, y Regionales, en un plazo no superior a 30 días, una vez concluido el Congreso General.
Art. 45 De la Mesa Directiva del Congreso:
La Mesa Directiva del Congreso estará integrada por once personas:
Un Presidente
Tres Vicepresidentes de Debate
Seis Secretarios de Acta
Un Secretario de Prensa
La Mesa Directiva se elegirá de entre los miembros plenos que integran el Congreso General de conformidad al artículo 40 de este Reglamento, los indicados en las letras a), b), c), d), y e). El sistema de votación para elegir a dicha Mesa será un delegado un voto. Sólo podrán emitir sufragio los miembros plenos, esto es los que tienen derecho a voz y voto, de conformidad al artículo 40 de este Reglamento.
En la composición de la Mesa Directiva del Congreso se aplicará la norma de integración de géneros, de acuerdo a la tabla señalada en el artículo 29 del presente Reglamento y formará parte de ella un delegado que sea militante de la Juventud Socialista.
A contar de su elección, el Presidente es la autoridad máxima del Congreso, debiendo velar por su normal funcionamiento. Atenderá, además, todo lo relacionado con la publicidad del Congreso. Finalizada su labor, tendrá la responsabilidad de entregar al Presidente y Secretario General del Partido todas las actas, mociones, ponencias, votos, acuerdos y toda la documentación del Congreso General Ordinario.
Los Vicepresidentes de Debate dirigirán alternadamente las sesiones plenarias. Podrán limitar el tiempo de las discusiones y declarar el cierre del debate cuando, a su juicio, estuviera agotado el tema. Si las condiciones así lo aconsejaren, podrán disponer la suspensión de la sesión por un tiempo limitado.
Los Secretarios de Actas deberán hacer por escrito un resumen claro y preciso de los acuerdos que se hayan adoptado. Las actas correspondientes serán entregadas por los Secretarios al Presidente del Congreso.
Art. 46 De las Comisiones y Subcomisiones:
En las Comisiones y Subcomisiones se elegirá un Presidente de Debate, Dos Secretarios de Acta y Un Relator.
El Relator de cada Comisión resumirá los acuerdos, para ser puestos en conocimiento de la sesión plenaria. Si fuere necesario, habrá un Relator de mayoría y un Relator de minoría.
Art. 47 Finalizada la última sesión plenaria, el Presidente del Congreso procederá a dar lectura a los acuerdos relevantes, convirtiendo la reunión en una sesión solemne de clausura del Congreso General Ordinario.
Art. 48 La Mesa Directiva del Partido tendrá un plazo de 60 días, una vez concluido el Congreso General Ordinario, para publicar las resoluciones oficiales acordadas por éste.
TÍTULO VII. ARTÍCULOS TRANSITORIOS
Art. 1 Toda información complementarias al proceso congresal será remitida a través de Circulares Informativas numeradas.